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viernes, 10 de febrero de 2012

Prensa Sobre La Deforma (Sic) Laboral En España

El Gobierno facilita que las empresas se acojan al despido más barato de 20 días

-Las pérdidas o la reducción de ventas durante tres trimestres serán suficiente para ajustar plantilla
-Los expedientes de regulación que fijan un despido de 20 días no necesitarán autorización
-La reforma generaliza el contrato con 33 días de indemnización y un máximo de 24 mensualidades
-El Ejecutivo crea un nuevo contrato para jóvenes en las pymes que combina el paro con el salario
-Los convenios no podrán prorrogarse durante más de dos años una vez denunciados

El Gobierno ha anunciado hoy una reforma laboral que rebaja de forma generalizada el coste del despido para las empresas, tal y como ayer avanzó el ministro de Economía, Luis de Guindos. Entre los cambios que establece la nueva normativa, que entrará en vigor mañana tras su publicación en el BOE ya que se ha aprobado por decreto ley, se generaliza el contrato con indemnización por despido de 33 días y un máximo de 24 mensualidades, así como se flexibilizan las causas para que los empresarios puedan acogerse a la vía del despido procedente, que se limita a 20 días por año trabajado y fija un máximo de 12 meses. La clave para ello es que se prescinde de la autorización administrativa en los Expedientes de Regulación de Empleo.

A partir de ahora, las empresas tendrán más opciones para acogerse a la vía del despido procedente, que es el que tiene una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidad. Así, según ha explicado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, bastará con que tengan "pérdidas actuales o previstas" o una "disminución de ventas durante tres trimestres consecutivos" para poder plantear un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).

Sin embargo, gracias a la reforma, los ERE no requerirán autorización administrativa como hasta la fecha. Con la legislación vigente, las empresas que querían acogerse a un expediente de regulación tenían que recibir una autorización del Ministerio de Empleo, para lo que era esencial que el ERE fuese pactado entre los empresarios y sindicatos. Con vistas a superar el bloqueo del proceso y que las negociaciones se eternizasen, la empresa solía optar por aumentar las indemnizaciones frente al mínimo de 20 días y 12 mensualidades que permiten los ERE. Prueba de ello es que el 70% de los despidos se tramitan por la vía del despido exprés procedente. A partir de ahora, no obstante se liberaliza la opción de los ERE. Además, sin necesidad de autorización ni acuerdo, solo el juez podrá detener el procedimiento.

Por su parte, el descenso en el coste de despido que supone la extensión del despido de 33 días afectará también a los contratos ordinarios (los de 45 días) firmados antes de la reforma, la octava desde que se creó el Estatuto de los Trabajadores en 1980. Es decir, cuando se despida a un trabajador con contrato ordinario firmado antes de mañana, la indemnización se calculará según dos escalas: el periodo previo a la reforma se computará de acuerdo a la indemnización de 45 días por año; el posterior, con respecto a la nueva fórmula de 33 días por año trabajado.

Nuevo contrato para las pymes

Por el lado de la contratación, la reforma pone en marcha un nuevo contrato indefinido para las pymes que combina el cobro del paro con el de un salario y reinstaura la prohibición que suspendió el anterior Gabinete de concatenar contratos temporales más allá de los 24 meses a partir del 31 de diciembre.

Para reducir el paro juvenil, que sufre una tasa de desempleo del 48%, el Ejecutivo ha creado un nuevo contrato indefinido para emprendedores. En él, se establece una rebaja en los costes laborales de 3.000 euros para las pymes con menos de 50 trabajadores al contratar al primer empleado menor de 30 años que esté en paro. Ese trabajador seguirá cobrando el 25% del paro al que tenía derecho mientras, el empleador, podrá dejar de pagar el 50% de lo que le correspondía de la prestación a la que tenía derecho el empleado durante un máximo de un año, aunque este periodo coincide con el tiempo de prueba que prevé el nuevo contrato.

Junto a este contrato, el Gobierno modifica las bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social. Así, las empresas podrán ahorrarse hasta 3.600 euros a la hora de contratar de forma indefinida a jóvenes entre 16 y 30 años durante tres años. La bonificación se incrementa conforme aumenta la antigüedad del trabajador.

En formación, la edad máxima para optar a un contrato de aprendizaje se eleva a los 30 años hasta que la tasa de paro baje del 15% y no tendrá que limitarse a un único sector. Asimismo, se regula que las empresas de trabajo temporal puedan funcionar como agencias de colocación.

Para otro de los colectivos más afectados por el desempleo, se establece una ayuda de hasta 4.500 euros para quienes den trabajo a las paradas de más de 45 años durante los tres primeros años de contrato en función del sector y a razón de 1.500 euros al año. La ayuda se reduce a 4.200 euros durante todo el periodo si son hombres.

En caso de suspensión temporal de trabajo por causa de un deterioro de la actividad, se introduce una bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social de los trabajadores afectados por reducción de jornada, con una duración de 240 días máximo y condicionada a la estabilidad en el empleo (al menos un año). Si al final la empresa extingue el contrato, no se verá afectado el derecho a la prestación por desempleo.

La ministra ha apuntado que el principal objetivo de la reforma, diseñada para atajar la destrucción de empleo en España, es acabar con la dualidad existente en el mercado laboral español entre temporales e indefinidos. Sin embargo, no aparece por ningún lado la anunciada simplificación de contratos temporales, de los que actualmente existe un amplio abanico, y solo se limita a limitar la concatenación de ellos.

Modificación de la negociación colectiva

En cuanto a los convenios, se limita a dos años la prórroga de los convenios colectivos vencidos, conocido como "ultraactividad" y que permitía hasta ahora la prórroga casi indefinida de los convenios. Gracias a ello, y a que se concretan las causas que permiten dejar inactivo el convenio, Báñez ha defendido que aumentará la flexibilidad interna de las empresas. Según ha añadido, esto permitirá que los ajustes a los que se vean obligados en épocas de deterioro económico no se traduzcan, como hasta ahora, en recortes de plantilla. En este punto, el Gobierno también traspasa parte del acuerdo de moderación salarial a la ley, aprobado la prevalencia del convenios de empresa al sectorial.

En opinión de Báñez, el nuevo marco legal aumenta los derechos de los trabajadores, aunque solo ha enumerado uno: que tendrán más derecho a la formación. En este apartado, se aborda una amplia reforma de la Formación Profesional y se establece que cada trabajador tenga derecho a 20 horas de formación anuales pagadas por su empresa.

Según ha descrito la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, se trata de una “reforma importante, de calado y completa”. “Marcará un antes y un después del mercado laboral”, ha asegurado antes de señalar que sienta “las bases para volver a crear empleo”. Eso sí, ha admitido que la reforma, si bien es necesaria, no es suficiente para atajar el paro.

Fuente: http://economia.elpais.com/economia/2012/02/10/actualidad/1328866135_471304.html

El Gobierno aprueba un despido más barato para todos

-El Gobierno rebaja la indemnización por despido de 45 a 33 días por año trabajado
-Los parados que estén cobrando prestación tendrán que realizar "un trabajo social"
-La reforma impedirá encadenar dos años de contratos temporales
-El Ejecutivo crea "un contrato indefinido" con un periodo de prueba de un año
-Se deducirán 3.000 euros en la contratación del primer trabajador menor de 30 años.

Si la grandilocuencia con que el Gobierno ha presentado la nueva reforma laboral tiene algo que ver con su eficacia, hay motivos para sentirse optimista. "Va a marcar un antes y un después", decía la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santarmaría. Es una reforma "histórica", añadía la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez. Además de la retórica, el Gobierno ha comenzado a concretar en qué consistirá esta reforma laboral "equilibrada", según Báñez, "extremadamente agresiva", según el ministro de Economía y Competitividad, Luis De Guindos.

La reforma laboral que, según reconoció el propio Mariano Rajoy en Bruselas, le va a costar al Gobierno "una huelga general" y que va a ser tramitada como un decreto ley, contempla el abaratamiento del despido mediante la rebaja de la indemnización de los 45 días actuales —con un límite de 42 mensualidades— a los 33 días hasta un máximo de 24 mensualidades. En el caso de que el despido sea procedente recibirán una indemnización de 20 días durante un máximo de un año.




Esa cifra es precisamente la clave de la reforma. Porque, a partir de ahora, las empresas tendrán mucho más fácil acogerse a los despidos procedentes —20 días en vez de los nuevos 33—, ya que les bastará con demostrar que sus ingresos o ventas han caído durante tres trimestres consecutivos. La mayoría de las empresas españolas atravesaron por esta situación en España durante el año pasado.

"Objetivaremos mucho más las causas de despido. Eso trae más seguridad jurídica para todo", ha declarado la ministra Empleo y Seguridad Social, Fátima Bañez, quien ha aclarado que "se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, reducción persistente de su nivel de ingresos o ventas (...) se entenderá que la reducción es persistente cuando se produzca durante tres trimestres consecutivos", ha señalado Báñez.

La rebaja del coste del despido no tendrá efectos retroactivos, pero los trabajadores en activo comenzarán a computar 33 días de indemnización por año trabajado a partir de la publicación del Real decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Además, a partir del 31 de diciembre de 2012 no se podrán encadenar contratos temporales más allá de 24 meses.

Trabajos sociales
El Gobierno también ha avanzado que uno de los puntos centrales de la nueva reforma laboral consiste en que los desempleados que estén cobrando una prestación por desempleo tendrán que realizar "un trabajo social para la comunidad". Asimismo, la prórroga máxima de los convenios colectivos vencidos será de dos años, con lo que se pone límite a la denominada "ultraactividad", que permitía el alargamiento prácticamente indefinido de los convenios, ha señalado Báñez.

Creación de empleo, periodo de prueba de un año
Entre las novedades también figura un contrato indefinido con un periodo de prueba de un año para emprendedores y empresas de menos de 50 trabajadores, es decir, pymes. Se reorientarán las bonificaciones para apoyar más a jóvenes y parados de larga duración. Habrá bonificaciones de hasta 3.600 euros para contratar a menores de treinta años y 4.500 euros por contratar a parados de larga duración.

Además, se ofrecerá una deducción fiscal de 3.000 euros para empresas de menos de 50 trabajadores en la contratación del primer trabajador de menos de 30 años. Esta ayuda permite que ese trabajador al que saquen del desempleo podrá seguir cobrando el 25% de su prestación. Además, el Estado ofrecerá al empresario una deducción por un año del 50% de lo que recibía el parado por desempleo.

Se creará un contrato estable a tiempo parcial para facilitar la contratación de los jóvenes o personas que, por ejemplo, tengan que cuidar de un familiar. No obstante, Báñez recalcó que se tratará de una vinculación laboral estable, sin especificar a qué se refiere con este adjetivo.

Una medida que también afectará en particular a los trabajadores más jóvenes, es que se acaba, a partir del 31 de diciembre de 2012, con la posibilidad de encadenar contratos temporales más allá de los 24 meses.

Más poder para los empresarios
A partir de ahora, los empresarios tendrán la posibilidad de no respetar los acuerdos alcanzados durante la negociación colectiva. Esto es, en opinión del Gobierno, una manera de lograr que haya una mayor flexibilidad interna y que en caso de crisis se opte por adaptarse a las circunstancias en lugar de optar por el despido. Esta flexibilidad afectaría a sueldos u otros derechos de los trabajadores.

Además, los empresarios no necesitarán la autorización previa de la Administración para llevar a cabo un ERE. En esa situación, a los trabajadores ya solo les podrá proteger un juez.

Colocación y fraude
La reforma laboral también contempla que las empresas de trabajo temporal puedan trabajar como agencias de colocación y se aplicarán modificaciones en el contrato para la formación y el aprendizaje: se mantendrá en los 30 años hasta que la tasa de paro baje al 15%, cuando sólo incluirá a aquellos que tengan hasta 25 años. "El trabajador podrá formarse en su propia empresa, como en Alemania", ha detallado la ministra de Trabajo, Fátima Báñez.

Báñez, como ya había hecho a lo largo de la semana, volvió a recordar que los servicios públicos de empleo solo colocan al 3% de los parados que buscan su ayuda. "Cuando esto sucede, algo falla", afirmó. Para mejorar esa cifra, se buscará la experiencia en la materia de empresas privadas. Harán que las empresas de trabajo temporal funcionen como agencias de colocación.

La norma presentada en la rueda de prensa del Consejo de Ministros de hoy también tienen la intención de combatir el fraude en el cobro de derechos por desempleo y de luchar contra el absentismo laboral. Báñez aseguró que "no se van a rebajar las prestaciones, pero sí van a evitar situaciones de fraude". Para lograrlo impulsarán las inspecciones de trabajo y se buscarán fórmulas para que los desempleados que están cobrando una prestación de desempleo puedan realizar trabajos en beneficio de la comunidad.

Respecto al control del absentismo, se va a desvincular el absentismo individual del trabajador de la media de la plantilla y se buscará el apoyo de las mutuas. La forma en que se concretará ese apoyo quedará recogida en una futura ley de mutuas.

Además la nueva reforma laboral marca una limitación para indemnizar a los directivos de bancos , que recibirán un máximo de dos años de retribución. Si ha habido expediente disciplinario no tendrá derecho a la indemnización. "También se busca dar un trato legal adecuado a los ceses de los directivos de las empresas públicas", ha añadido Sáenz de Santamaría. Las indemnizaciones no podrán superar la menor de las siguientes cuantías: dos años de remuneración fija o dos veces las bases máximas resultantes de los límites fijados por el Gobierno la semana pasada.

Formación
La nueva ley pretende cambiar el esquema de la formación profesional para vincular formación profesional a la empresa y para que se aplique a lo largo de toda la vida del trabajador. La forma de concretar esta filosofía será poner en marcha una cuenta de formación en la que se registrará la formación que hace un trabajador durante su vida laboral. El trabajador tendrá derecho a 20 horas de formación al año pagadas por el empresario.

Por último, se realizará una ley de formación profesional en la que se recogerán estos y otros cambios y que se consensuarán con los sindicatos.

Fuente:

2 comentarios:

ISIS dijo...

No me había enterado de "todo" el fondo de la Ley, y según he ido leyendo tu entrada, se me iba poniendo el vello que parecia los pinchos de un erizo.
No tenemos remedio.
La culpa es nuestra.
Lo sabiamos y lo hemos consentido.
Ahora ellos tienen el poder, y los empresarios, más contentos no pueden estar.
Es lo que querian y ya lo tienen, ahora ya no hay trabajadores hay exclavos, y si no empezamos a parar "su reformas" nos vamos a ver todos en la calle.

Un abrazo.

NuMaN dijo...

Yo me sigo enterando de más cosas sobre la reforma y se te ponen realmente los pelos de punta!

DESENCHÚFATE!!

<b>DESENCHÚFATE!!</b>
(Fotografía:El mejillón suicida)